SMA Formula Cargos contra Aguas Chacabuco por Infracciones Ambientales en Chile
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló tres cargos graves contra Aguas Chacabuco S.A. por infracciones ambientales detectadas durante la fiscalización de sus operaciones sanitarias en la Región Metropolitana. Las irregularidades incluyen la descarga de residuos líquidos industriales sin tratamiento adecuado en cursos de agua superficiales.
Antecedentes de la Fiscalización
La investigación se inició tras denuncias de comunidades aledañas que reportaron cambios en la coloración y el olor del agua en esteros cercanos a las instalaciones de la empresa. La SMA realizó una serie de inspecciones no programadas durante las cuales se tomaron muestras de agua en diversos puntos de descarga.
Los análisis de laboratorio revelaron concentraciones de contaminantes que superaban en más del doble los límites establecidos por la normativa vigente, específicamente el Decreto Supremo 90 que regula la emisión de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
Cargos Formulados por la SMA
El primer cargo se refiere a la descarga de efluentes con niveles de DBO5 (Demanda Bioquímica de Oxígeno) superiores a la norma, indicando una alta carga orgánica en los vertidos. El segundo cargo corresponde a la falta de mantenimiento del sistema de tratamiento de aguas residuales, evidenciada por la inoperatividad de equipos críticos durante las inspecciones.
El tercer cargo, considerado el más grave, involucra la omisión de reportes obligatorios de monitoreo ambiental. La empresa habría dejado de informar los resultados de sus mediciones durante varios meses consecutivos, impidiendo que la autoridad ambiental pudiera realizar un seguimiento adecuado.
Marco Legal y Sanciones Potenciales
De acuerdo con la Ley 20.417 que crea la SMA, las infracciones graves pueden ser sancionadas con multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales. Además, la autoridad puede ordenar medidas provisionales como la clausura temporal de las instalaciones infractoras o la paralización de procesos específicos.
La empresa tiene un plazo de 15 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento, mediante el cual puede proponer acciones correctivas y plazos para subsanar las irregularidades detectadas. Este mecanismo, introducido por la legislación ambiental chilena, busca incentivar la corrección voluntaria de las infracciones.
Impacto en las Comunidades
Las comunidades de la zona han manifestado su preocupación por los efectos de la contaminación en la biodiversidad de los humedales y ecosistemas acuáticos cercanos. Organizaciones ambientalistas locales han solicitado que la SMA aplique las sanciones más severas posibles para enviar una señal clara a otras empresas del sector.
El caso de Aguas Chacabuco se suma a una serie de procedimientos sancionatorios iniciados por la SMA en los últimos años contra empresas sanitarias, reflejando una tendencia hacia una fiscalización ambiental más rigurosa en Chile.
Contexto Nacional
Chile ha fortalecido significativamente su institucionalidad ambiental desde la creación de la SMA en 2010. La superintendencia ha procesado más de 2.000 procedimientos sancionatorios, estableciendo precedentes importantes para la protección del medio ambiente y los recursos hídricos del país. Este caso particular pone de manifiesto la importancia de contar con sistemas de monitoreo continuo y transparente en las operaciones industriales que impactan los recursos naturales.